Es un caso inédito en la Justicia. Por eso el juez que falló dio aviso a la gobernadora María Eugenia Vidal para que intervenga y resuelva desde el Ejecutivo ese tipo de casos.
Un adolescente de 17 años con distintos problemas intrafamiliares acordó con sus padres vivir en un hogar municipal y el caso generó un vacío legal que podría llegar hasta la Gobernación.
El hecho causó sorpresa en la Justicia de Familia de Mar del Plata, ya que no hay situaciones similares. Tanto la madre como el propio menor coincidieron en las malas condiciones de convivencia, ante los asistentes sociales y los miembros de la Dirección de la Niñez.
De acuerdo a la madre, el menor tiene una pésima relación con su pareja, un hombre que “lo exige y es muy rígido con él”. En tanto, el adolescente no duda en admitir que en la casa está “todo el día vagueando” y por eso la abandonó en distintas oportunidades.
Por el contrario, cuando recaló en el hogar en cuestión mejoró su participación escolar y hasta comenzó a practicar básquetbol en uno de los clubes más grandes de la ciudad. El progreso, para los asistentes sociales, fue notable y lo dejaron en claro ante el juez Facundo Dominoni, a quien le tocó fallar sobre el asunto, debido a que la ley explica que los menores de 18 años son considerados niños y, como tales, tienen derecho a crecer en el ámbito familiar.
Lo que ocurre en este caso es que es el propio joven el que desea quedarse en el hogar en el que vive desde hace más de un año. Y como se trata de una persona que en poco menos de 11 meses será mayor de edad, y con capacidad de decisión por sí misma, se produce un vacío jurídico.
Según el fallo de Dominoni, la situación “amerita que como magistrado deba brindar una respuesta adecuada y por sobre todas las cosas justificadas en una decisión fundada”. Para la Convención de los Derechos del Niño -contemplada por la Constitución argentina-, el sujeto resulta ser un niño pues es menor de 18 años. Sin embargo, se erige en un adolescente considerado un adulto para las decisiones atinentes al cuidado de su propio cuerpo pero que carece de capacidad para decidir su futuro, “pues se encuentra inmerso en un vacío normativo tal que deba ser la judicatura la que brinde una respuesta que el poder administrador y legislativo no otorgan”.
En el fallo, el juez explica que, ante este escenario, “deben ser tomadas respecto de su persona y bienes todas las medidas que atiendan a su superior interés, entendiéndose el mismo como la máxima satisfacción integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos por ley”.
Y agrega: “A partir de lo anterior dígase que la figura articulada por el Ministerio Público carece de sustento normativo ya que la misma no se encuentra prevista en el actual Código Civil y Comercial”.
Por estos motivos, el magistrado decidió “mantener el statu quo” del menor por el lapso de 120 días, “coordinar un programa de egreso, con el objetivo de acompañar la transición del sistema de protección a la vida autónoma” y notificar del caso a la gobernadora María Eugenia Vidal, con el objetivo de que tome conocimiento de la situación, “exponiendo y visibilizando situaciones que se presentan en los Juzgados de Familia y merecen tener respuesta de la totalidad de los poderes del estado, de conformidad con los postulados constitucionales y supraconstitucionales vigentes”.